ATENCIÓN:
se habilita por tres años más el traspaso de vehículos a persona indeterminada
La prórroga quedó establecida con la Resolución 20223040044765, misma en la que se realizó una modificación en cuanto a la cancelación de matrícula temporal,
la cual estaba contemplada en el artículo 4 de la Resolución 5709/16 y
no se tuvo en cuenta en la reglamentación, por tanto, se agregó el
siguiente parágrafo al artículo 7, “legalización del traspaso”:
“Parágrafo 2. El poseedor de un vehículo que cuente con
cancelación temporal del registro de este, de conformidad con lo
estipulado en el artículo 4 de la Resolución 5709 del 2016 del
Ministerio de Transporte, podrá realizar el proceso señalado en el
presente artículo, con el propósito de registrar el vehículo a su
nombre”.